Estos son lo nuevos impuestos que tendrán vigencia a partir del 1 de enero del 2014 en nuestro país.
Estamos pendientes de cualquier información fiscal o de facturación electrónica que se vaya generando.
Aquí la información correspondiente.
A partir del primer minuto del próximo año estos son los tributos que tendremos que pagar todos los mexicanos, según lo aprobado por los legisladores de ambas cámaras en el Congreso de la Unión.
IVA:
IVA:
• Pasa de 11% a 16% en las regiones fronterizas.
• 16% a mascotas y sus alimentos, goma de mascar y transporte terrestre foráneo; hoy es tasa 0.
ISR:
• 16% a mascotas y sus alimentos, goma de mascar y transporte terrestre foráneo; hoy es tasa 0.
ISR:
• 10% a ingresos por dividendos de las empresas.
• 10% a la venta de acciones.
• Empresas podrán deducir 53% de prestaciones a trabajadores; hoy aplica 100%. Personas podrán deducir hasta 92 mil pesos o 10% de su ingreso, lo que resulte menor.
• Aplica 30% para ingresos superiores a $750 mil anuales.
• Sube tasa máxima a personas físicas de 32% a 35% para ingresos mayores a $3 millones al año.
• Las grandes empresas podrán diferir hasta por 3 años el pago del ISR con el nuevo esquema.
• Desaparecen el IETU y el IDE.
Impuesto especial a producción y servicios (IEPS):
• 10% a la venta de acciones.
• Empresas podrán deducir 53% de prestaciones a trabajadores; hoy aplica 100%. Personas podrán deducir hasta 92 mil pesos o 10% de su ingreso, lo que resulte menor.
• Aplica 30% para ingresos superiores a $750 mil anuales.
• Sube tasa máxima a personas físicas de 32% a 35% para ingresos mayores a $3 millones al año.
• Las grandes empresas podrán diferir hasta por 3 años el pago del ISR con el nuevo esquema.
• Desaparecen el IETU y el IDE.
Impuesto especial a producción y servicios (IEPS):
• $1 por litro a bebidas endulzadas.
• 8% a alimentos con 275 kilocalorías por 100 gramos o más.
Derechos:
• 8% a alimentos con 275 kilocalorías por 100 gramos o más.
Derechos:
• 7.5% a ingresos de mineras.
0.5% a producción de metales preciosos.
Cómo tributar:
0.5% a producción de metales preciosos.
Cómo tributar:
• Será obligatorio usar el buzón tributario, donde se recibirán hasta avisos de embargos.
• Será obligatorio llevar contabilidad en línea.
• Se rompe el secreto fiscal para deudores.
• Se posibilita al deudor autocorregirse en plena auditoría del SAT.
• Será obligatorio llevar contabilidad en línea.
• Se rompe el secreto fiscal para deudores.
• Se posibilita al deudor autocorregirse en plena auditoría del SAT.
Saludos
Ing. William Morales
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